ConCejo municipal

Funciones del concejo y su desarrollo

Dentro de un municipio el alcalde es la máxima autoridad, sin embargo, su administración es realizada conjuntamente con el Concejo Municipal, que de acuerdo a la ley tiene un carácter normativo, resolutivo y fiscalizador.

Los concejales también serán elegidos a través del sufragio universal y de manera separada de los alcaldes, es decir, en una cédula de votación diferente, aunque su período también se extenderá por cuatro años, como el de los alcaldes, y con la posibilidad de ser reelectos.

La conformación de los Concejos Municipales estará determinada por el número de electores inscritos en la comuna respectiva. Según esto donde existan menos de 70 mil electores, el Concejo estará integrado por seis personas; este número asciende a ocho cuando la comuna cuente con menos de 150 mil electores, y diez concejales cuando los electores sean más de 150 mil.

En cuanto al rol fiscalizador que debe ejercer el Concejo Municipal, sus integrantes también tienen la facultad de evaluar la gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo.

En este sentido, sus integrantes son los llamados concejales, quienes son los encargados de hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las atribuciones que la ley les concede:

CONCEJALES

JUAN GASTON FUENTES CID

Correo: juanfuentescid@gmail.com – Teléfono: 995996533

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ANICIA YENIFER SOTO CURICAL

Correo: aniciasotoc@gmail.com – Teléfono: 932318110

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