PRIMERA INSCRIPCIÓN
Si el vehículo es nuevo y debe obtener la primera patente, es necesario presentar la siguiente documentación:
- Inscripción en el registro civil (en este servicio se otorgan las placas patentes)
- Factura o documentación de aduana si es una importación directa
- Seguro obligatorio
- Certificado de homologación (que reemplazó a la revisión técnica y análisis de gases)
- El primer permiso se calcula sobre el valor neto de la factura y en forma proporcional por los meses que restan del año calendario, en base a una tabla por rangos de tasaciones (parecida a la del impuesto único).
- El segundo permiso (año siguiente), se cancela sobre el total de la factura, es decir, valor neto más IVA, menos un deducible de un 5 %.
- El tercer permiso y posteriores, se calcula en base a la tabla de tasaciones que anualmente publica el Servicio de Impuestos Internos en el Diario Oficial.
RENOVAR UN PERMISO DE CIRCULACIÓN
Requisitos:
- Permiso de circulación anterior
- Seguro obligatorio con el mismo vencimiento del permiso de circulación
- Revisión técnica vigente
- Fotocopia del certificado de dominio (tarjeta amarilla que emite el Registro Civil), en caso que quiera efectuar cambio de nombre.
Todos los trámites señalados se efectúan en el Departamento de Permisos de Circulación de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad.
OBTENER PERMISOS DE CIRCULACIÓN
Obtener permisos de circulación, ya sea renovación anual, permisos atrasados, cuotas o vehículos nuevos:
Requisitos:
- Renovación o pago
- Atrasado
- – Permiso de circulación anterior
- – Revisión Técnica y de gases o certificado de Homologación Seguro Obligatorio
Vehículo nuevo
- – Factura o documentación de Aduana si es importación directa
- – Certificado de Homologación
- – Seguro Obligatorio
OBTENCIÓN DEL SELLO VERDE
Requisitos:
Vehículo nuevo
- – Los mismos antecedentes para obtener el permiso
Duplicado por extravío o deterioro
- Declaración jurada o entregar sello COMPLETO.
- El duplicado de Sello debe Obtenerse donde sacó el primer Permiso de circulación
ACOGERSE A LEY DE EXENCIÓN
POR NO CIRCULAR DURANTE UN AÑO
Requisitos:
- Ley Nº 18.440 / 85
Si en uno o más años completos ha estado fuera de circulación, se debe acreditar mediante una declaración simple que deberá entregarse a la Municipalidad respectiva, a más tardar el 30 de noviembre del año a que corresponda pagar el impuesto para quedar exento del pago del permiso de circulación. Se debe presentar por cada año que el vehículo no circule.
INSPECCIONES OCULARES
Inspecciones oculares por características del vehículo
Requisitos:
- Inspecciones oculares
- Documentación de vehículo
DUPLICADOS DE PERMISOS DE CIRCULACIÓN POR PÉRDIDA O ROBO
Requisitos:
Duplicados
- – Declaración jurada por extravío o robo
- – Si no es el propietario, poder simple
COPIA DE REVISIONES TÉCNICAS Y/O SEGURO OBLIGATORIO
Requisitos:
- Copia documentos
- Documentación vehículo, permiso de circulación, Dominio
- Verificar en archivos
INSCRIPCIÓN DE CARROS DE ARRASTRES Y REMOLQUES
Requisitos:
- Inscripción
- – Factura
- – Declaración Jurada Notarial
- – Pago derechos correspondientes
INFORMACIÓN Y ASESORÍA PARA CUALQUIER TIPO DE CONSULTAS
Comunicarse:
- Teléfono 464849
- Fax 464889
- Transito@mlonquimay.cl